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viernes, 5 de abril de 2013

Las operadoras deberían liberar los móviles gratis y antes de que finalice la permanencia


Un informe de la Comisión de Cooperación de Consumo estima que la distribución de terminales bloqueados por parte de las operadoras de telefonía es una práctica "abusiva y sancionable". "Es necesario que el terminal pueda ser desbloqueado libremente, transcurrido el tiempo necesario para que el importe subvencionado haya sido recuperado por concepto de consumo telefónico, o en caso contrario, mediante el abono del importe de la subvención pendiente de recuperación", reza el informe.
   

El Instituto Nacional del Consumo (INC) y las autoridades de protección al consumidor de las comunidades autónomas han emitido un informe en el que concluyen que la venta de móviles no liberados es una práctica ilegal, tras una denuncia de FACUA-Consumidores en Acción.
   En enero de 2012, FACUA denunció Movistar, Vodafone, Orange y Yoigo por "sabotear" los terminales que comercializan para que sólo puedan utilizarse con dichas operadoras. Así, introducen una restricción técnica, un defecto, que limita y restringe las posibilidades de uso del móvil que el consumidor adquiere.
   En este sentido, desde Facua insisten en que se trata de unterminal "del que el usuario es titular" y que además abonará "de forma diferida a lo largo del periodo de duración del compromiso de permanencia que le obligan a asumir mediante el pago de un consumo mínimo mensual y unas condiciones tarifarias concretas".
   Facua remitió sus denuncias al Instituto Nacional del Consumo del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y varias autoridades de protección al consumidor autonómicas.
   A raíz de estas denuncias, la Comisión de Cooperación de Consumo ha elaborado un informe en el que estima "lavaloración como abusiva de la práctica que realizan las operadoras telefónicas de bloquear el terminal en los términos referidos".
   En dicha Comisión están representadas las autoridades de protección al consumidor del Gobierno y las comunidades autónomas. Se trata de un órgano dependiente de laConferencia Sectorial de Consumo, cuya finalidad es la cooperación, la comunicación y la información entre la Administración General del Estado y la de las comunidades autónomas, en aquellas materias que afecten a la defensa de los derechos de los consumidores.
   Según el informe, "en el caso de que el cliente, dentro del periodo de permanencia, estando al corriente del abono de la factura y manteniendo el contrato durante el periodo de permanencia acordada, quiera hacer uso del terminal con una tarjeta de otro operador porque en un momento dado tenga condiciones económicas más ventajosas, el operador no puede negarse a liberar el terminal, limitando los derechos del consumidor si éste está cumpliendo con las obligaciones que contrajo en el momento de contratar".

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